Si eres ciudadano de Estados Unidos, Canadá, la mayoría de los Estados miembros de la Unión Europea o de alguno de los aproximadamente 50 países que mantienen relaciones diplomáticas y comerciales con Panamá, existe una vía de residencia diseñada específicamente para ti: el visado de «naciones amigas».
El visado «Naciones Amigas» es un programa de residencia en Panamá disponible para los ciudadanos de aproximadamente 50 países que mantengan vínculos diplomáticos, comerciales o económicos con Panamá. Los solicitantes pueden optar a él a través de una de estas tres vías: un contrato de trabajo con una empresa panameña, una inversión inmobiliaria que cumpla los requisitos o un depósito bancario a plazo fijo. Este programa permite obtener la residencia permanente y, con el tiempo, acceder a la ciudadanía.
Es la vía más utilizada para obtener la residencia en Panamá, y con razón: admite más de una forma de cumplir los requisitos. Dependiendo de tu situación, puedes basar tu solicitud en un puesto de trabajo en una empresa panameña, una inversión inmobiliaria o un depósito bancario a plazo fijo. Esa flexibilidad es la razón por la que el programa atrae a profesionales que trabajan a distancia, jubilados e inversores que no encajan claramente en una sola categoría.
Pero «países amigos» no significa «sin requisitos». Desde que el Decreto Ejecutivo 226, de 20 de julio de 2021, reformó el programa, los solicitantes deben demostrar un vínculo económico o profesional auténtico y documentado con Panamá, y no basta con tener un pasaporte de un país elegible. A continuación te explicamos qué cumple los requisitos actualmente, qué no los cumple y cómo funciona el proceso en la práctica.
La Visa de Naciones Amigas fue creada inicialmente mediante el Decreto Ejecutivo n.º 343 de 2012 con el fin de agilizar la obtención de la residencia para los ciudadanos de aquellos países con los que Panamá mantiene relaciones diplomáticas, comerciales y de inversión amistosas. Durante años, fue uno de los programas de residencia por inversión más accesibles de América Latina.
El Decreto Ejecutivo n.º 226, de 20 de julio de 2021, reformó el programa de manera significativa, sustituyendo el marco original y estableciendo las tres vías de acceso que siguen vigentes en la actualidad. Antes de esta reforma, a menudo bastaba con constituir una sociedad panameña. A partir de entonces, los solicitantes deben demostrar un vínculo económico real y documentado, un empleo auténtico y una inversión genuina, y no una estructura que exista únicamente sobre el papel.
Sí. El programa sigue activo y continúa siendo una de las vías de residencia más utilizadas por los ciudadanos extranjeros procedentes de países que cumplen los requisitos.
La lista de países elegibles, compuesta exactamente por 50 naciones según el artículo 2 del Decreto Ejecutivo 226 de 2021, es la siguiente:
Alemania, Andorra, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Chile, Chipre, Corea del Sur, Costa Rica, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, España, Estados Unidos, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hong Kong, Hungría, Irlanda, Israel, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, México, Mónaco, Montenegro, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, San Marino, Serbia, Singapur, Sudáfrica, Suecia, Suiza y Uruguay.
Una excepción destacada: Italia no figura en esta lista. Los ciudadanos italianos disponen de una vía bilateral independiente en virtud del Tratado de Amistad de Panamá de 1966, cuyo procedimiento de residencia difiere del de la visa para naciones amigas.
Dado que esta lista se establece mediante decreto ejecutivo y puede modificarse, comprueba siempre los requisitos vigentes directamente con el Servicio Nacional de Migración de Panamá antes de iniciar la solicitud. En el momento de redactar este documento, ningún decreto ha modificado la lista desde el Decreto Ejecutivo n.º 226 de 2021, pero confirma esta información con el decreto vigente antes de presentar la solicitud, ya que la lista puede cambiar sin previo aviso.
No hay una única forma de cumplir los requisitos para obtener el visado «Friendly Nations». Hay tres, y elegir la más adecuada depende de tu situación.
Dispones de una oferta de trabajo o un contrato de trabajo con una empresa panameña, además de un permiso de trabajo expedido por el Ministerio de Trabajo de Panamá. La empresa debe demostrar que el puesto es real y que la empresa está en funcionamiento, y que no se trata de una entidad ficticia creada únicamente para patrocinar un visado.
No existe un importe mínimo de inversión asociado a esta vía. Los solicitantes también pueden cumplir los requisitos si dirigen su propia empresa en Panamá en lugar de trabajar para un empleador ya existente, pero solo si dicha empresa cuenta con una sustancia económica real y documentada: actividades reales, y no solo un simple registro.
Adquieres un inmueble con título de propiedad en Panamá con un valor catastral de al menos 200 000 USD, libre de cargas. Esta vía es muy popular entre los jubilados e inversores que desean contar con un activo tangible además de su permiso de residencia.
El inmueble puede estar a nombre del solicitante, a través de una persona jurídica panameña de la que el solicitante sea el titular beneficiario, o a través de una fundación de interés privado de la que el solicitante sea fundador y beneficiario. Fundamento jurídico: Constitución Política de la República de Panamá y Decreto Ejecutivo n.º 226, de 20 de julio de 2021.
Debe realizar un depósito a plazo fijo de al menos 200.000 dólares estadounidenses en un banco con licencia general que opere en Panamá. El depósito debe estar libre de gravámenes y mantenerse durante un plazo mínimo de tres años.
Al igual que en el caso de la vía inmobiliaria, esta inversión puede estar a nombre del solicitante a título personal, a través de una persona jurídica en la que el solicitante sea el titular efectivo de las acciones, participaciones o cuotas sociales, o bien a través de una fundación de interés privado de la que el solicitante sea fundador y beneficiario. Esta suele ser la vía más rápida para los solicitantes que no desean adquirir un inmueble ni crear una empresa de forma inmediata.
Si ya tienes un trabajo a distancia o diriges un negocio en el extranjero, la vía del depósito bancario suele ser la más sencilla: sin búsqueda de inmuebles ni trámites locales que documentar. Si quieres un activo tangible en Panamá y no te importa el proceso de compra de un inmueble, la inversión inmobiliaria te permite conseguir la misma residencia al tiempo que generas patrimonio. Si te estás trasladando activamente por motivos laborales o ya tienes una oferta de trabajo en Panamá, la vía del empleo evita tener que inmovilizar 200 000 dólares estadounidenses por completo, aunque requiere un empleador real y un puesto de trabajo auténtico.
Aunque los requisitos específicos varían según la vía elegida, la mayoría de las solicitudes exigen:
El visado «Friendly Nations» sigue un proceso en dos fases:
Residencia provisional. Se concede mientras se tramita tu solicitud de residencia permanente, por un periodo de dos años. Esto te permite permanecer en Panamá y empezar a establecer tu vida allí.
Residencia permanente. Se concede una vez que tu solicitud haya sido aprobada en su totalidad, tras el período provisional de dos años. La residencia permanente en el marco de este programa no caduca, aunque la tarjeta de residencia (cédula de residente) suele requerir una renovación periódica a efectos de identificación.
Sí, con el tiempo, mediante un proceso legal independiente denominado «naturalización». El requisito habitual es haber tenido residencia permanente ininterrumpida durante 5 años antes de presentar la solicitud. Ese plazo se reduce a 3 años en dos casos: si estás casado con un ciudadano panameño o tienes hijos panameños, o si tienes la nacionalidad de un país que haya firmado un acuerdo bilateral de reciprocidad con Panamá, entre los que se incluyen actualmente España y la mayoría de los países latinoamericanos. La naturalización en sí misma es un proceso discrecional del Gobierno, no un derecho automático una vez cumplido el período de residencia, y se tramita por separado de la solicitud del visado de «Naciones Amigas».
Un aspecto que suele generar confusión entre los posibles clientes es en qué se diferencia esto del Programa de Inversores Cualificados de Panamá, la vía vinculada al pasaporte especial previsto en la Ley 493.
Si estás sopesando ambas opciones, la elección adecuada suele depender de tu nacionalidad, tu capacidad de inversión y de si las ventajas adicionales del pasaporte especial previsto en la Ley 493 son relevantes para tus objetivos concretos.
Falta de documentación que acredite la relación laboral. Desde la reforma de 2021, las autoridades de inmigración buscan una base económica real que respalde la vía de acceso por motivos laborales: un empleo real, un empleador real, un permiso de trabajo real, y no un puesto creado únicamente para respaldar la solicitud.
Verificaciones de antecedentes incompletas o autenticadas de forma incorrecta. Los documentos procedentes del extranjero suelen necesitar una apostilla o una autenticación consular, un trámite cuyo tiempo de tramitación a menudo se subestima.
Elegir la vía de acceso inadecuada para tu situación. A veces, los solicitantes optan por la vía inmobiliaria cuando habría sido más rápido tramitar un depósito bancario, o al revés.
No comprobar la elegibilidad actual del país antes de empezar. La lista de países amigos se establece mediante decreto ejecutivo y puede modificarse; comprueba siempre la elegibilidad según la versión vigente del Decreto Ejecutivo 226 de 2021 antes de invertir tiempo y gastos legales en una solicitud.
Trabajamos con ciudadanos extranjeros en las tres vías de acceso —empleo, sector inmobiliario y depósitos a plazo fijo— para estructurar correctamente las solicitudes desde el principio. Esto incluye:
¿Cuánto tiempo dura el trámite del visado «Friendly Nations»?
Los plazos varían en función de la vía de solicitud y del volumen actual de tramitaciones de la administración.
¿Puedo incluir a mi cónyuge y a mis hijos en mi solicitud?
Sí, normalmente se puede incluir a los familiares a cargo (cónyuge e hijos menores de edad o a cargo) en el mismo proceso de solicitud.
¿Tengo que vivir en Panamá para mantener esta residencia?
Los requisitos relativos a la presencia física mínima varían y deben confirmarse en función de tu trayectoria concreta y tus planes a largo plazo, especialmente si la ciudadanía es uno de tus objetivos futuros.
¿Puedo trabajar en Panamá con un visado de «naciones amigas»?
La vía laboral está directamente vinculada a un permiso de trabajo asociado a la empresa que te patrocina. Las vías inmobiliaria y de depósito bancario otorgan la residencia, pero requieren un permiso de trabajo independiente si tienes intención de trabajar en Panamá.
¿Sigue mi país en la lista de países amigos?
La lista se establece en el Decreto Ejecutivo 226 de 2021 y puede modificarse mediante decretos posteriores. En el momento de redactar este texto, sigue estando compuesta por los mismos 50 países establecidos en 2021, pero es recomendable verificar siempre los requisitos vigentes directamente con un asesor jurídico antes de iniciar una solicitud.
¿Qué ocurre si mi inversión válida (inmueble o depósito) se vende o se retira después de obtener la residencia?
Esto depende de la normativa específica de cada vía y de la fase en la que se encuentre tu situación de residencia. El depósito bancario, por ejemplo, debe mantenerse durante los tres años completos. Es un aspecto fundamental que hay que aclarar antes de tomar decisiones de inversión, ya que puede afectar a la renovación o a la obtención de la residencia permanente.
¿Es el visado para países amigos lo mismo que el pasaporte especial previsto en la Ley 493?
No. Son programas distintos. El visado «Naciones Amigas» es una vía para obtener la residencia limitada a los ciudadanos de los países que cumplen los requisitos; el pasaporte especial previsto en la Ley 493 está vinculado al Programa de Inversores Cualificados y está abierto a todas las nacionalidades.
¿Cuánto tiempo se tarda en obtener la ciudadanía panameña tras conseguir este visado?
Una vez finalizado el período provisional de dos años y obtenida la residencia permanente, por lo general se necesitan 5 años más de residencia permanente ininterrumpida antes de poder solicitar la naturalización; este plazo se reduce a 3 años si estás casado con un ciudadano panameño, tienes hijos panameños o posees la nacionalidad española o la de la mayoría de los países latinoamericanos en virtud de acuerdos bilaterales de reciprocidad.
Elegir la vía de acceso adecuada en el marco del visado «Friendly Nations» puede marcar la diferencia entre una aprobación sin complicaciones y meses de retrasos. Si estás sopesando tus opciones entre el empleo, el sector inmobiliario o un depósito a plazo fijo, consúltanos antes de decidirte por una vía.
Ponte en contacto con nuestro equipo de inmigración en info@jj-associates.com para analizar qué opción se adapta mejor a tu situación.
¿Estás pensando en optar por la vía de los inversores? Lee nuestra guía sobre servicios de residencia y ciudadanía en Panamá para emprendedores e inversores.
¿Estás estructurando tu inversión inmobiliaria o en depósitos a través de una sociedad o fundación panameña? Asegúrate de que dicha entidad cumpla con la normativa siguiendo nuestra guía sobre el Registro de Titulares Reales de Panamá.