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Una Fundación de Interés Privado de Panamá es una entidad jurídica constituida en virtud de la Ley 25 de 1995 que administra activos a su propio nombre en beneficio de los beneficiarios designados por el fundador. No tiene accionistas ni propietarios, sus activos constituyen un patrimonio independiente del del fundador y se utiliza habitualmente para la protección de activos y la planificación sucesoria.

El Programa de Inversores Calificados de Panamá concede la residencia permanente a los extranjeros que inviertan al menos 300.000 dólares en inmuebles de nueva construcción, o 500.000 dólares en inmuebles de segunda mano, en valores panameños o en un depósito a plazo fijo en el Banco Nacional o en la Caja de Ahorros. El Decreto Ejecutivo n.º 17, de 8 de septiembre de 2026, actualizó el programa y exige que la inversión se mantenga durante al menos cinco años.

Brasil exige ahora la autorización del Banco Central a cualquier empresa que ofrezca servicios de intermediación, custodia o corretaje de criptomonedas a clientes brasileños. Los operadores actuales tienen hasta el 29 de octubre de 2026 para presentar su solicitud, y aquellos que no lo hagan deberán cesar su actividad en un plazo de 30 días. A continuación se explica quiénes se ven afectados, cuáles son los requisitos para obtener la licencia y qué hay que hacer antes de que finalice el plazo.
